Con la llegada de la época del puente de la Constitución y especialmente con la llegada de la Navidad, las compañías aéreas tienen que hacer frente a multitud de viajes. Por ejemplo, la huelga de Vueling o Ryanair de estos días. En esta etapa final del 2022, se registrará mayor movimiento con motivo de la época estival, por lo que ya varias aerolíneas españolas han anunciado que experimentarán huelgas que afectarán a los desplazamientos.
Es por ello que esta tesitura podría dejar a miles de viajeros en una complicada situación, donde sufrirán o pueden sufrir retrasos o cancelaciones de sus vuelos respectos, e incluso la denegación de embarque. Debido a esta coyuntura, la organización internacional de derechos de los pasajeros aéreos, ha creado una guía donde, así, los viajeros podrán saber en qué situaciones pueden reclamar acerca de sus derechos a las compañías aéreas.
¿Cuáles son los derechos de los pasajeros en épocas estivales de fin de año?
Si a un viajero le deniegan el embarque o acceso al avión de su vuelo, debido a que existe un exceso de reservas por parte de la compañía aérea, así como una cancelación a última hora de su vuelto, puede reclamar a la aerolínea que se le facilite un vuelo de sustitución. Eso es, proporcionar un vuelo alternativo con el mismo destino, en el caso de que el pasajero en cuestión no quiera alternar su hoja de ruta y seguir con su viaje.
Además, la aerolínea debe de hacerse cargo del suministro de comida, bebida e internet, durante las horas de espera que el viajero deba de experimentar en el aeropuerto. Por último, si el pasajero debe de pasar la noche en el hotel, debe de ofrecer alojamiento y el transporte de vuelta hasta el aeropuerto en cuestión.
Debido a esta serie de derechos y obligaciones que existen entre compañías aéreas y pasajeros, es muy importante que el viajero recopile y guarde todos los documentos que pueda sobre el viaje que realiza, así como los datos que le pueda solicitar a la aerolínea. El fin de todo ello, es poder reclamar finalmente el reembolso o la indemnización correspondiente, ante los perjuicios sufridos.
Es por ello que el pasajero debe de conservar la tarjeta de embarque, así como todos los resguardos que pueda acerca del viaje que va a realizar. Además, si le confirman el retraso o cancelación, que le expliquen el motivo, además de archivar, en la medida de lo posible, todas las comunicaciones que se hayan producido entre el viajero y la aerolínea en cuestión.
Una vez se llegue al destino, registrar la hora en que se ha efectuado y la diferencia horaria, final, con respecto a la que era en un principio, a la hora de encarar el viaje.
¿Qué hacer si me veo afectado por las huelgas de Ryanair y Vueling?
¿Cuándo se puede reclamar devolución del billete o compensación por los problemas de una huelga?
En el caso de que se efectúe una cancelación de vuelo, o directamente se le deniegue al viajero el embarque en el avión, la compañía aérea debe de encargarse de facilitar un vuelo alternativo. En el caso de que el pasajero no lo contemple o interese, puede rechazarlo y así pedir la devolución del importe completo del billete.
Además, en la espera del vuelo y sus modificaciones, el viajero ha podido tener gastos extraordinarios, como la comida, alojamientos o derivados distintos en casos de una pérdida de equipaje, por lo que debería de pedir a la aerolínea que se haga cargo de ellos, puesto que es su responsabilidad.
A tenor de la reglamentación de la Comunidad Europea, 261, los pasajeros tienen un derecho de una indemnización adicional que puede alcanzar hasta los 600 euros, si el vuelo se retrasa más de 3 horas con respecto a la hora de llegada inicial al destino. Asimismo, la misma cuantía está prevista en el caso de cancelaciones de vuelo, sin previo aviso antes de los 14 días anteriores, así como si un pasajero no puede embarcar en el vuelo, con motivo de overbooking.
El margen de tiempo para conseguir la compensación económica puede realizar de forma retroactiva con un amplio margen de hasta tres años después del vuelo en cuestión. Esta reclamación depende y puede variar según el motivo de la interrupción del vuelo. En el caso de condiciones meteorológicas adversas, o por ejemplo una urgencia médica, puede eximir a la compañía aérea de la obligación de compensación. No es el caso de las huelgas, a pesar de estar anunciadas, los pasajeros tienen derecho a hacer sus reclamaciones.