Las aerolíneas a día de hoy están aprovechando conceptos como los de las huelgas de pilotos o en el servicio de catering de los vuelos, o también los problemas de tiempo atmosférico, con el fin de evitar una reclamación e indemnización del pasajero. Si lo logran, podrá así evitar llevar a cabo una compensación económica debido a la cancelación o retraso del vuelo que pueda sufrir el vuelo, por lo que el usuario debe de estar atento ante esta actitud por parte de las compañías aéreas.
A la hora de realizar el viaje en el avión, pueden darse multitud de percances antes de llegar al destino final. Ante cualquiera de estos problemas, los viajeros tienen la posibilidad de efectuar una reclamación a las aerolíneas acerca de los daños o perjuicios ocasionados. Compañías como Iberia, Volotea, Ryanair, Vueling, EasyJet u otras de un perfil similar han tenido problemas a lo largo de este pasado verano de 2022, lo que ha desembocado multitud de retrasos, o en su defecto cancelaciones, durante la etapa estival del año.
Cuando se han dado estos casos, es importante que el pasajero sepa a ciencia cierta el motivo de las huelgas. En el caso de los controlados aéreos, como sucede actualmente en Italia, no se puede llevar a cabo una reclamación a las compañías aéreas. Sin embargo, todas aquellas cancelaciones o retrasos que provengan de los problemas propios de personal de las aerolíneas son un ‘problema’ propio de cada entidad, por lo que sí están obligados a llevar a cabo una compensación con cada uno de los pasajeros que hayan sufrido el perjuicio respectivo en su vuelo.
Ante este problema, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictaminó el pasado 17 de abril de este 2022 que la ausencia de parte importante o relevante del personal de navegación, por parte de una aerolínea, no es algo que resulte extraordinario o imprevisto por parte de lo mismo, por lo que forma parte de su responsabilidad. Ante tal realidad, en ningún caso puede eximir a la aerolínea responsable de efectuar la indemnización correspondiente con los pasajeros afectados.
¿Se puede escudar una aerolínea en una cancelación o retraso del vuelo por la meteorología?
Si bien es cierto que las compañías aéreas tienen a su disposición cada vez tecnologías de
medición y previsión meteorológica más avanzada a su disposición, hay variables e incertidumbres que pueden escapar a su responsabilidad y que imposibiliten que el vuelo se
pueda llevar a cabo con el horario estipulado.
Eso sí, en ningún caso la aerolínea puede hacer demagogia con la misma o escudase en esta circunstancia meteorológica, cuando el pasajero o viajero puede comprobar que otras aerolíneas realizaron el vuelo en los mismos destinos y en un horario similar, sin problema alguno. Salvo que haya fenómenos tan potentes como huracanes o nevadas, es aconsejable que el pasajero se cerciore bien de sí un vuelo se retrasa o directamente cancela por problemas del tiempo, sea una justificación válida y no una excusa.
¿Puedo reclamar si hay una avería en el avión de mi vuelo?
Las compañías aéreas tienen una responsabilidad con respecto a la seguridad de los clientes que llevan en sus vuelos. Por lo tanto, lo primero es que los aviones se encuentren en las condiciones óptimas y necesarias para llevar a cabo cada vuelo. En el hipotético suceso de que un vuelo se retrase o se cancele y no pueda despegar, en caso de una avería, la responsabilidad recae de forma única y exclusiva en la falta de previsión por parte de la aerolínea. Ante esta realidad, el viajero puede reclamar un vuelo que haya sido cancelado o retrasado, por un tema exclusivamente responsabilizado en la compañía aérea.
¿Cuánto puede oscilar la indemnización para los pasajeros en el caso de cancelaciones o retrasos de las compañías aéreas que sean responsables?
Por regla general, las indemnizaciones pueden variar desde los 250 hasta los 600 euros. Si la cancelación de un vuelo no se avisa con al menos 14 días de antelación, o si el retraso del vuelo es superior a 3 horas, entonces habrá que pagar indemnización al pasajero. Además, conceptos como los gastos adiciones de noches de hotel, eventos de vacaciones ya pagados a los que no se podrán acudir o disfrutar… todo ello puede ser objetivo de reclamación por parte del pasajero.
En el caso de que lo que se haya visto perjudicado, o directamente perdido, es una maleta o equipaje de mano, entonces se trata de otro concepto. Recientemente, se ha dado a conocer una sentencia por la que la compañía aérea Iberia se ha visto a abonar 17.500 euros a un pasajero, debido a este tema, la cuantía de indemnización media suele ser muy inferior, de 67 euros por día.